GOMIERO VALENTIN C/ PROVINCIA SEGUROS Y OTRO/A S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS
Actor demandó a la municipalidad de Pehuajó y aseguradora por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 11 de abril de 2025. El Tribunal homologó acuerdo transaccional por $5.500.000 en concepto de resarcimiento e impuso costas por su orden.
Quién demanda: Valentín Gomiero
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Pehuajó y Provincia Seguros SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resarcimiento de daños y perjuicios sufridos en accidente de tránsito ocurrido el 11 de abril de 2025 en la ciudad de Pehuajó, específicamente por daños en automotor de su propiedad.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por el actor y la aseguradora, imponiendo costas por su orden respecto de lo no acordado en el convenio. Fundamentos principales de la decisión: "La transacción es un contrato por el cual las partes, haciéndose concesiones reciprocas, extinguen obligaciones dudosas o litigiosas. Debe realizarse por escrito y produce los efectos de la cosa juzgada sin necesidad de homologación judicial, excepto que recaiga sobre derechos litigiosos, que requiere, para ser eficaz, la presentación del instrumento firmado por las partes ante el juez de la causa --arts. 1.641, 1.642, 1.643 y cc del CCyC--." El Tribunal consideró que "teniendo presente que el objeto del proceso recae sobre derechos disponibles para las partes, y el convenio presentado es suscripto por sujetos habilitados para efectuar transacciones, se procederá a su homologación --arts. 1.644, 1.645, 1.646 y cc del CCyC; art. 308, CPCC--." Respecto de las costas no acordadas, el Tribunal resolvió que "teniendo presente que el requerimiento efectuado el 15.5.26 no fue contestado por el Municipio y por la aseguradora, las costas del presente proceso que no fueron específicamente acordadas en el convenio cuya homologación se solicita, se impondrán por su orden, atento lo normado por el artículo 73 del CPCC para el caso de las transacciones." Por ello, no se regularon honorarios a la letrada de la municipalidad. El Tribunal reguló los honorarios del perito mecánico oficial en $150.000, considerando "la proporcionalidad que deben guardar los honorarios de los peritos con los emolumentos regulados a los letrados que intervinieron en la tramitación de la causa."
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