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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARTINEZ MARTIN ARNALDO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió acción de apremio provincial contra Martín Arnaldo Martínez por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el integro pago del capital adeudado más intereses, en virtud del incumplimiento de la presentación de excepciones legítimas dentro del plazo legal.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Falta de excepciones Intereses Tasa de sobregiro Capital reclamado $1.283.070 20 Proceso de cobranza Derecho procesal tributario

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Martín Arnaldo Martínez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de deuda de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETENTA CON 20/100 ($1.283.070,20), más intereses anuales.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor efectúe el integro pago a su acreedor del capital reclamado. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor MARTIN ARNALDO MARTINEZ haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETENTA CON 20/100 ($1.283.070,20) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda." El interés anual será calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda, no pudiendo exceder en el momento de su fijación la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), según establezca el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.

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