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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GOYENECHE MARIA CECILIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires y María Cecilia Goyeneche celebraron un acuerdo de pago en proceso de apremio provincial. El Tribunal homologó el acuerdo conforme a la Ley 13.406 y dispuso el levantamiento de la medida cautelar de embargo trabada.

Homologacion de acuerdo Apremio provincial Ley 13.406 Medida cautelar Embargo Acuerdo de pago Fisco provincial Levantamiento de embargo Proceso fiscal Derecho tributario provincial.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Fisco de la Provincia de Buenos Aires A quién se demanda (Demandado): Goyeneche María Cecilia Qué se reclama (Objeto de la demanda): Homologación judicial de acuerdo de pago celebrado en el marco de un proceso de apremio provincial conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 13.406. Qué se resolvió (Decisión del tribunal):
- Se tuvo por reconocida la firma inserta en el acuerdo de pago presentado.
- Se homologó el acuerdo de pago con los alcances previstos en el artículo 23 de la Ley 13.406.
- Se reconocieron los honorarios pactados al letrado representante del Fisco Provincial, DIAZ EDUARDO ALBERTO, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 0/100 ($149.250,00), conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406 modificado por Ley 15.016 y artículos 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.
- Se levantó la medida cautelar de embargo trabada en los obrados bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró que corresponde la homologación del acuerdo de pago presentado por el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, atendiendo a los requisitos formales cumplimentados, particularmente el reconocimiento de la firma inserta en el acuerdo. La decisión se sustenta en lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley 13.406, norma que regula expresamente los acuerdos de pago en procesos de apremio provincial, permitiendo que una vez celebrado el acuerdo y cumplidos los recaudos legales, el tribunal proceda a su homologación. El levantamiento de la medida cautelar de embargo se decretó bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, demostrando que el acuerdo alcanzado ha satisfecho las pretensiones del Fisco Provincial respecto al cobro de la obligación exigida.

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