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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LEZCANO ACUÑA, CLEMENTE EZEQUIEL s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) y INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.C)

Clemente Exequiel Lezcano Acuña fue condenado por contrabando agravado de estupefacientes y dación en pago de estupefacientes. La Cámara homologó el acuerdo de juicio abreviado y le impuso una pena de cuatro años y seis meses de prisión, unificando con otra condena previa.

Contrabando Estupefacientes Dacion en pago Juicio abreviado Condena Codigo aduanero Ley 23.737 Prision domiciliaria Unificacion de penas Tribunal oral federal


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Clemente Exequiel Lezcano Acuña
- Objeto de la demanda: Condena por contrabando agravado y dación en pago de estupefacientes
- Decisión del tribunal: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó al imputado

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El acuerdo celebrado entre las partes tiene como objetivo resolver la acusación que fuera cursada, en la Solicitud de Elevación de la Causa a Juicio." "Se ha acreditado, con el grado de certeza necesario en esta etapa, la existencia de los hechos narrados, así como el grado de participación del imputado en la producción de los mismos." "La conducta desplegada por Clemente Exequiel Lezcano Acuña se subsume en los delitos de 'contrabando agravado por tratarse de estupefacientes destinados a su comercialización' y 'Dación en pago de estupefacientes'."

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