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ESTABLECIMIENTOS TEXTILES ITUZAINGO SACFI c/ DGA - SIGEA 12770/1100/19 - RES 710/22 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Establecimientos Textiles Ituzaingó SACFI solicitó la devolución de derechos de exportación ante la Aduana de Puerto Madryn. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la incompetencia del Fuero y remitió las actuaciones al Juzgado Federal Nº 1 de Rawson.

Contencioso administrativo Competencia Repeticion Derechos de exportacion Aduana Juzgado federal Incompetencia Procedimiento administrativo Jurisdiccion Ley 26.854


¿Quién es el actor?

Establecimientos Textiles Ituzaingó SACFI

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas
- Objeto de la demanda: Devolución de derechos de exportación.
- Decisión del tribunal: Se declara la incompetencia del Fuero y se remiten las actuaciones al Juzgado Federal Nº 1 de Rawson.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 1132, apartado 1º CA, establece que… contra las resoluciones definitivas del administrador dictadas en los procedimientos de repetición […] se podrá interponer […] b) demanda contenciosa ante el juez competente." "El artículo 1071 del Código Aduanero dispone que las solicitudes de repetición se deberán presentar ante la 'oficina aduanera en la que se hubieran pagado los importes'..." "La justicia federal con jurisdicción sobre la ciudad de Puerto Madryn resultaba competente para entender en autos, toda vez que los derechos cuya repetición se persigue en el caso fueron liquidados y abonados allí."

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