MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ VINCI HORACIO HECTOR S/ APREMIO
La Municipalidad de Lanús promovió proceso de apremio contra Horacio Héctor Vinci por deuda de pesos $19.945,70. El Tribunal hizo lugar al reclamo y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital con intereses desde julio de 2018.
Quién demanda: Municipalidad de Lanús
¿A quién se demanda?
Vinci Horacio Héctor
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de deuda de pesos $19.945,70 derivada de sentencia administrativa vencida el 31 de julio de 2018, correspondiente al certificado de deuda adjunto N° 114001257210.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Vinci Horacio Héctor haga al acreedor Municipalidad de Lanús íntegro pago del capital reclamado. Se condenó al demandado al pago de los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas a la demandada vencida.
Fundamentos principales:
"no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)".
"Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado VINCI HORACIO HECTOR haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $19.945,70.
- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa
- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos 'Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo' en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativa, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago".
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