G. D. I. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La Sra. G. promovió acción de amparo contra OSDE para ser reincorporada a su plan de salud. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, ordenando la reincorporación sin aplicar valor diferencial por preexistencia.
Actor: G., D. I. Demandado: ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE) Objeto: Reincorporación al plan de salud OSDE 210 sin valor diferencial por preexistencia. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando la reincorporación de la actora al plan de salud.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión adoptada por OSDE de rescindir unilateralmente el contrato que los unía y de darla de baja como afiliada, no cubriendo así las prestaciones que precisa, resulta, desde luego, injustificada y arbitraria." "No se ha demostrado que la actora tenía conocimiento de la patología que la afectaba con anterioridad a tal suscripción." "La negativa a la afiliación o al cobro de una tarifa diferencial no puede encontrar sustento en su autonomía negocial."
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