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O., M. s/ PROTECCION INTEGRAL

Se reclamó la revocación de una decisión que dio por concluidas las actuaciones de protección integral de un adolescente en situación de vulnerabilidad. El tribunal decidió hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad, reconociendo la omisión del derecho a ser oído del menor.

Proteccion integral Derechos del nino Vulnerabilidad Derecho a ser oido Inconstitucionalidad Intervencion judicial Politicas publicas Acceso a la justicia Tutela Responsabilidad estatal.


¿Quién es el actor?

Asesora de Menores de Edad Nº 5

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo y organismos administrativos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Protección integral de derechos del adolescente M.E.O.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la decisión de dar por concluidas las actuaciones vulneró el derecho a ser oído del adolescente, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley de Protección Integral. Se destacó que la falta de intervención efectiva de los organismos administrativos competentes y la omisión de brindar al menor la oportunidad de participar en el proceso constituyen arbitrariedades que afectan sus derechos.

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