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Sessa, Braian Ariel - Albornoz, Juan Carlos y Almiron, Kevin Maximiliano s/ lesiones leves

Se reclamó la corrección del cómputo de pena de Juan Carlos Albornoz, argumentando que debía incluirse el tiempo de prisión preventiva. El tribunal decidió hacer lugar al recurso de casación, estableciendo que el vencimiento de la pena opera el 28 de febrero de 2021.

Computo de pena Prision preventiva Casacion Derechos del imputado Jurisprudencia Lesiones leves Privacion de libertad Resolucion judicial Estado Reparacion.


¿Quién es el actor?

Juan Carlos Albornoz (defendido por la Dra. Ida Lilian Carbajal Zieseniss)

¿A quién se demanda?

Resolución Nº 121/20 del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 4

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Corrección del cómputo de pena

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La defensa argumentó que el juez no consideró los días de prisión preventiva en el cómputo de la pena, lo que contraviene la jurisprudencia que establece que el tiempo de privación de libertad debe ser reconocido. El tribunal concluyó que la detención previa de Albornoz debe ser computada, determinando que el vencimiento de la pena es el 28 de febrero de 2021.

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