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G., J. I. c/ L., J. D. s/ medidas preventivas urgentes (Ley 26485) (Legajo Art. 248, C.Pr.)

Se reclamó la prórroga de medidas preventivas urgentes por parte de J. I. G. contra J. D. L. por situaciones de violencia. El tribunal decidió rechazar la apelación del demandado, manteniendo las medidas de protección.

Violencia de genero Medidas preventivas Prorroga Proteccion Derechos de las mujeres Ley 26.485 Medidas cautelares Informes sociales Audiencia.


¿Quién es el actor?

J. I. G.

¿A quién se demanda?

J. D. L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prórroga de medidas preventivas urgentes por violencia de género.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal destacó que las medidas de protección son cautelares y deben ser evaluadas periódicamente. Se argumentó que, aunque se otorgaron inicialmente por sospecha de violencia, la falta de informes interdisciplinarios y audiencias previas a la prórroga no justificaron su extensión, lo que podría desvirtuar el proceso de protección.

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