G., R. A. c/ M., S. B. s/ cuidado personal
Se reclamó el cuidado unilateral de los hijos menores de edad por parte de R.A. G. contra S.B. M. El tribunal decidió que la demandada no estaba debidamente notificada de la demanda, lo que impide avanzar en el proceso.
¿Quién es el actor?
R.A. G.
¿A quién se demanda?
S.B. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuidado personal de hijos menores.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que la notificación de la demanda no se realizó conforme a las formalidades requeridas por el Código Procesal, destacando que "la notificación del traslado de la demanda tiene especial trascendencia en el proceso". Se enfatizó que la presentación del formulario de patrocinio no suplía el traslado de la demanda, lo que afecta el derecho de defensa.
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