R., S. A. y G. T., R. s/ divorcio
Se reclamó la inconstitucionalidad de artículos de la Ley Nacional N° 26.413 que condicionan la inscripción de un divorcio en Argentina a la previa inscripción en el país de origen del matrimonio. El tribunal decidió rechazar el planteo por considerarlo extemporáneo, pero analizó la aplicación de la
¿Quién es el actor?
S. A. R. y R. G. T.
¿A quién se demanda?
Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes Nº 1
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad de los artículos 75 y 78 de la Ley N° 26.413
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el planteo de inconstitucionalidad fue tardío, ya que los actores contrajeron matrimonio en el exterior y la exigencia de inscripción previa en su jurisdicción de origen no fue impuesta en el momento del divorcio. Además, se destacó que la interpretación de la ley debe considerar el derecho internacional privado y el acceso a la justicia, evitando la denegación de justicia.
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