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G. B., C. y otra c/ M., L. L.

Se reclamó el traslado de los restos del Sr. I.G. a un nuevo nicho por parte de su madre y dos hijos menores. El tribunal revocó la decisión de primera instancia, considerando improcedente la medida autosatisfactiva por falta de participación de todos los herederos.

Traslado de restos Medida autosatisfactiva Derecho de defensa Herederos Procedimiento civil Urgencia Participacion Costas Apelacion.


¿Quién es el actor?

Sra. C. G.B. y Sra. I. B. D.

¿A quién se demanda?

Sr. Lucio Luis Martinez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Traslado de restos de I.G. a otro nicho.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR a los recursos de apelación y se revoca la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que "la procedencia de las soluciones urgentes no cautelares debe interpretarse con criterio estricto" y que "cuando al derecho invocado se pueda oponer una contradicción seria, la vía procedente no es el proceso urgente no cautelar". Se destacó que la falta de participación de todos los herederos afectó el derecho de defensa.

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