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Conductil S.A.C.I.F.I.A. c/ Music House Jujuy S.R.L.

Se reclamó la regulación de honorarios del Dr. F. R. V. L. en un concurso preventivo. El tribunal confirmó la competencia del juez a quo y estableció que los créditos deben tramitarse por la vía de verificación.

Honorarios Concurso preventivo Regulacion Verificacion Incompetencia Perpetuatio jurisdictionis Prescripcion Creditos Ley concursal Costas.


¿Quién es el actor?

Dr. F. R. V. L.

¿A quién se demanda?

Conductil S.A.C.I.F.I.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por actuación en un expediente.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que, dado que el expediente tenía sentencia firme y la actora optó por la verificación de su crédito, no correspondía remitir el asunto a otro juez. Se aplicó el principio de "perpetuatio jurisdictionis", indicando que "todo reclamo de un crédito en contra del Concurso de causa anterior a la fecha de su apertura, debe tramitarse a través del respectivo proceso de verificación".

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