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LEGAJO DE APELACION EN AUTOS: F., N. DEL C. c/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL CORRIENTES s/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA (CONOCIMIENTO)

Se reclamó la provisión de una prótesis de rodilla por parte de una afiliada al Instituto de Obra Social de Corrientes, que había sido denegada. El tribunal confirmó la procedencia de la acción autosatisfactiva, ordenando al IOSCOR otorgar la prótesis solicitada.

Accion autosatisfactiva Derecho a la salud Protesis Ioscor Tutela urgente Carga de la prueba Derechos constitucionales Medida cautelar Administracion publica.


¿Quién es el actor?

N. del C. F.

¿A quién se demanda?

Instituto de Obra Social Corrientes (IOSCOR)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Provisión de una prótesis de rodilla

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara de Apelaciones consideró que la acción autosatisfactiva era procedente, dado que el derecho a la vida está garantizado por la Constitución Nacional. Se argumentó que la negativa del IOSCOR a otorgar la prótesis indicada por el médico tratante era irrazonable y basada en criterios económicos, sin demostrar que la alternativa ofrecida tenía las mismas características.

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