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O. M. A. y J. R. P. s/ sucesorio

Se reclamó la asignación de la mitad de un inmueble en un proceso sucesorio, y el tribunal decidió revocar la resolución que había fijado las porciones de los cesionarios, aplicando la ley vigente al momento del fallecimiento del causante.

Sucesorio Cesion Irretroactividad Derechos adquiridos Codigo civil Herencia Conyuge superstite Ley 23.264 Patrimonio Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Leonor Estela Martínez

¿A quién se demanda?

Horacio Raúl Argañaraz

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Porciones del inmueble en el acervo hereditario

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la ley 23.264 no puede aplicarse retroactivamente a derechos adquiridos bajo la legislación anterior. Se destacó que "la muerte del causante produce la apertura de la sucesión", y que los derechos sucesorios se determinan según la ley vigente al momento del fallecimiento, lo que implica que la resolución inicial que aplicó la nueva ley fue incorrecta.

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