Sesto de Leiva, Amelia del Valle c/ Estado Provincial s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad
Se reclamó la inconstitucionalidad del artículo 195 de la Constitución Provincial que limita la inamovilidad de los magistrados a los 65 años. El tribunal decidió hacer lugar a la acción, declarando la inconstitucionalidad de dicha norma.
¿Quién es el actor?
Amelia del Valle Sesto de Leiva
¿A quién se demanda?
Estado Provincial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad del artículo 195 de la Constitución Provincial
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que el límite de edad de 65 años para la inamovilidad de los magistrados es arbitrario y no se justifica en la actualidad, dado el aumento de la esperanza de vida. Se citó el precedente "Fayt, Carlos S." y se destacó que la inamovilidad debe ser vitalicia mientras dure la buena conducta, en línea con la Constitución Nacional.
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