Troncoso, Marcelino Esteban c/ Ingeniería SIMA S.A. s/ cobro de haberes
El trabajador reclamó el pago de horas extras, argumentando que su tiempo de almuerzo debía considerarse parte de la jornada laboral. El tribunal decidió que el tiempo de pausa no se computa como jornada, desestimando el reclamo.
¿Quién es el actor?
Marcelino Esteban Troncoso
¿A quién se demanda?
Ingeniería SIMA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de horas extras
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó si la pausa de una hora y media debía considerarse parte de la jornada laboral. Se concluyó que el trabajador no estaba a disposición del empleador durante ese tiempo, ya que podía disponer de su actividad en beneficio propio, conforme al artículo 197 de la Ley de Contrato de Trabajo.
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