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N. A. S., S. B. F., E. U. D., C. B. Q. s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS

La Defensoría de los Derechos del Niño y del Adolescente apeló la decisión de retirar a los niños de su hogar y su ingreso a una institución. El tribunal resolvió modificar la modalidad de cumplimiento de la medida, indicando que la comunicación de la decisión debe realizarse en sede judicial.

Proteccion de derechos Vulnerabilidad Interes superior Inmediacion Justicia de acompanamiento Familia Institucionalizacion Comunicacion judicial Derechos del nino.


¿Quién es el actor?

Defensoría de los Derechos del Niño y del Adolescente

¿A quién se demanda?

Ministerio de Desarrollo Social

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida de protección de derechos de los niños

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal destacó la "evidente y extrema vulnerabilidad" de los niños, subrayando la urgencia de la medida. Sin embargo, reconoció que la comunicación de la decisión debe ser realizada por la jueza en el juzgado, considerando el principio de inmediación y el interés superior de los menores.

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