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Rodríguez, Claudia Margarita c/ Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER) s/ Accidente de trabajo con A.R.T.

Se reclamó la competencia territorial en un accidente de trabajo entre Claudia Margarita Rodríguez e IAPSER. El tribunal confirmó la incompetencia del juzgado de Neuquén y ordenó la remisión del caso a Junín de los Andes.

Competencia territorial Accidente de trabajo Ley 921 Jurisdiccion Domicilio del empleador Prestacion de trabajo Art Derecho laboral Apelacion.


¿Quién es el actor?

Claudia Margarita Rodríguez

¿A quién se demanda?

Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Competencia territorial en accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que el domicilio del empleador y el lugar de prestación del trabajo se encuentran en Piedra del Águila, lo que determina la competencia según el artículo 2 de la Ley 921. Se argumenta que el actor no acreditó que el contrato se celebrara en Neuquén, y que la elección de jurisdicción debe respetar el domicilio del empleador.

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