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Defensora de los Derechos del Niño y Adolescente e/r de los menores C.M.E; C.L.S.; G.M.A. Y B.O.M. c/ Provincia del Neuquén s/ acción de amparo

Se reclamó la revocación de una sentencia que hizo lugar a un amparo promovido por la Defensora de los Derechos del Niño y Adolescente. El tribunal decidió confirmar la procedencia del amparo, considerando que no existían medios judiciales más idóneos para la protección de los derechos invocados.

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¿Quién es el actor?

Defensora de los Derechos del Niño y Adolescente

¿A quién se demanda?

Provincia del Neuquén

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo por omisión estatal en la protección de derechos de menores

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la acción de amparo es procedente cuando no hay otro medio judicial más idóneo para proteger derechos fundamentales. Se citó la doctrina del Tribunal Superior de Justicia que establece que el amparo debe ser considerado como un recurso urgente para evitar daños irreparables, enfatizando que la existencia de otros medios no puede ser un argumento abstracto para desestimar su procedencia.

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