O. D. A. c/ O.O.G. s/ guarda
Se reclamó la guarda de cuatro hermanos menores de edad tras el fallecimiento de su guardadora. El tribunal decidió otorgar la guarda provisoria al tío paterno, D.A.O., considerando el interés superior de los niños.
¿Quién es el actor?
E.P. (tía abuela paterna)
¿A quién se demanda?
D.A.O. (tío paterno)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Guarda de los hermanos O.G., L.S., J.M. y P.J.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal evaluó la situación familiar, destacando que el padre de los menores está suspendido en su responsabilidad parental y la madre ha fallecido. Se consideró fundamental la opinión de los niños, quienes expresaron su deseo de mantener una relación positiva con su tío, lo que se alinea con el interés superior del niño.
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