N. N. c/ N. N. s/ Divorcio Vincular
Se reclamó la continuación del pago de la cuota alimentaria tras el cumplimiento de la mayoría de edad del hijo. El tribunal decidió que el alimentante debe seguir abonando la cuota hasta que el hijo cumpla 21 años, salvo que se demuestre su autosuficiencia económica.
¿Quién es el actor?
N. N. (madre)
¿A quién se demanda?
N. N. (padre)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese de la cuota alimentaria
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostiene que "la obligación alimentaria se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo o el padre acrediten que cuenta con recursos suficientes". Se establece que el alimentante no probó que su hijo tuviera medios para proveerse por sí mismo, por lo que debe continuar con el pago de alimentos.
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