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S., C. D. c/ T., L. s/ COMPETENCIA

Se reclamó la competencia para tratar una denuncia de violencia laboral presentada por C. D. S. contra su empleador L. T. El tribunal decidió que el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral Nro. 5 de Santa Fe debe continuar con la causa.

Violencia laboral Competencia Ley 26485 Vinculo laboral Proteccion integral Denuncia Justicia laboral Derechos de las mujeres Medidas preventivas.


¿Quién es el actor?

C. D. S.

¿A quién se demanda?

L. T.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Denuncia de violencia laboral y solicitud de medidas de protección.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la Ley Nacional 26485 permite que la denuncia por violencia contra mujeres sea presentada ante cualquier juez, y que la competencia corresponde al juzgado laboral dado que los hechos denunciados tienen su origen en un vínculo laboral. Se destacó que la relación laboral no se encontraba disuelta, ya que la denunciante utilizó el tiempo presente al referirse a su situación laboral, lo que descarta la hipótesis de extinción del vínculo.

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