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Pinturas Sudamericanas S.R.L. c/ Gonzalez Navas, José Alberto s/ Cobro Ejecutivo

Se reclamó el cobro de un cheque emitido por una sociedad de hecho, y el tribunal decidió que el demandado no puede ser condenado personalmente por la deuda de la sociedad, dado que el cheque no lo identifica como librador.

Cobro ejecutivo Cheque Sociedad de hecho Responsabilidad cambiaria Deudores solidarios Legitimacion pasiva Titulo de credito Personalidad juridica Accion cambiaria.


¿Quién es el actor?

Pinturas Sudamericanas S.R.L.

¿A quién se demanda?

José Alberto González Navas

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de un cheque

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que el cheque, aunque firmado por el demandado, fue emitido en nombre de una sociedad de hecho, lo que implica que la responsabilidad recae en la sociedad y no en los socios individualmente. Se citó jurisprudencia que establece que la firma de un socio en un cheque no lo convierte en deudor personal si no se aclara que actúa en representación de la sociedad.

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