M.J.C. s/ Guarda legal
El Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán interpuso un recurso de casación contra la decisión que otorgó la guarda judicial de un menor a su abuelo materno y ordenó su inclusión en la obra social. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirmó la sentencia de la Cámara Civil que rech
¿Quién es el actor?
Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán
¿A quién se demanda?
Juez Civil en Familia y Sucesiones
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Guarda judicial con fines asistenciales y su inclusión en la obra social
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte destacó que la guarda judicial tiene como fin esencial la protección del menor, y que la inclusión en la obra social es una consecuencia lógica de dicha guarda. Se citó la Convención de los Derechos del Niño, enfatizando que "la guarda carecería de contenido" si no se garantizan los beneficios de la seguridad social, resaltando la importancia del interés superior del niño.
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