MATIAS, LUCIANO BENJAMIN Y OTROS. c/ PROVINCIA DE TUCUMAN. s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA.
Se planteó una cuestión de competencia en un juicio de prescripción adquisitiva sobre un inmueble. El tribunal decidió que la causa debe ser radicada en el Juzgado Civil y Comercial Común de la VIIIª Nominación para la porción de dominio privado y en la Corte Suprema para las parcelas de dominio púb
¿Quién es el actor?
Matías Luciano Benjamín y otros
¿A quién se demanda?
Provincia de Tucumán
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prescripción adquisitiva de un inmueble
¿Qué se resolvió?
Se dispone el reenvío
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó la competencia en función de la naturaleza de las pretensiones y los hechos, determinando que "las distintas titularidades de dominio conforman las causales concretas o circunstancias de hecho atributivas de la competencia". Así, se resolvió que el Juzgado Civil y Comercial de la VIIIª Nominación es competente para la porción de dominio privado, mientras que la Corte Suprema debe intervenir respecto a las parcelas de dominio público.
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