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TRANSPORTE GAVERANTE S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO.

Se reclamó la apelabilidad de una sentencia homologatoria en un concurso preventivo, argumentando que alteraba el régimen de administración aprobado por los acreedores. El tribunal decidió que el recurso de casación era admisible y que la sentencia impugnada debía ser dejada sin efecto.

Concurso preventivo Apelabilidad Regimen de administracion Derecho de defensa Inapelabilidad Homologacion Modificacion Acreedores Sentencia Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Transporte Gaverante S.A.

¿A quién se demanda?

Juzgado de Primera Instancia

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Apelación de la sentencia homologatoria del acuerdo preventivo

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la inapelabilidad de la sentencia homologatoria debe interpretarse restrictivamente, ya que la modificación del régimen de administración aprobado por los acreedores afecta el derecho de defensa. Se argumentó que "la sentencia homologatoria modifica los términos de la propuesta aprobada por los acreedores", lo que habilita la apelación.

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