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Sucesion Herrera Tamer Angel y otros s/ concurso preventivo - recurso de queja por apelacioin denegada por PP apoderada de la fallida

Se reclamó la revocación de la sentencia que declaró la quiebra de Tamer Ángel Herrera, argumentando que el proceso debía regirse por la ley 19.551. El tribunal decidió confirmar la aplicación de la ley 24.522, considerando que la quiebra se declaró tras su entrada en vigencia.

Quiebra Concurso preventivo Ley 24.522 Ley 19.551 Irretroactividad Derechos de los acreedores Sucesion Apelacion Normativa concursal.


¿Quién es el actor?

Tamer Ángel Herrera y sus herederos.

¿A quién se demanda?

Estado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revocación de la sentencia que declaró la quiebra.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que, aunque el concurso se solicitó bajo la ley 19.551, la quiebra se declaró después de la entrada en vigencia de la ley 24.522, por lo que esta última debía aplicarse. Se argumentó que el artículo 290 de la nueva ley, que condicionaba su aplicación, había sido observado y no tenía validez, lo que justificaba la decisión del tribunal.

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