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C., A. O. s/ declaración de adoptabilidad ( expte. n° o-3eb-23-f2019)- s/ queja

Se reclamó la declaración de adoptabilidad de un menor y la revisión de la extemporaneidad de un recurso de apelación. El tribunal confirmó la decisión de la instancia inferior, rechazando el recurso de casación interpuesto.

Adoptabilidad Apelacion Notificacion Tutela judicial efectiva Derechos humanos Vulnerabilidad Proceso familiar Extemporaneidad Codigo civil y comercial Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

A. N. C.

¿A quién se demanda?

Estado Provincial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de adoptabilidad y apelación extemporánea

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que la notificación en el domicilio constituido es válida y suficiente para el cómputo del plazo de apelación. Se argumentó que "la irregularidad en dirigir la cédula al domicilio real no constituye fundamento válido para no tener por cumplidas las notificaciones cursadas", y se destacó la importancia de la tutela judicial efectiva en procesos familiares, aunque se consideró que la interpretación de la ley por parte de la Cámara fue correcta.

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