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YSUR Energía Argentina S.R.L., e YPF S.A s/ acción de inconstitucionalidad

Se reclamó la inconstitucionalidad de una ordenanza municipal que prohíbe la fractura hidráulica en General Fernández Oro. El tribunal decidió declarar la inconstitucionalidad de dicha ordenanza, reconociendo la competencia exclusiva de la provincia en materia hidrocarburífera.

Inconstitucionalidad Ordenanza municipal Hidrocarburos Competencia provincial Fractura hidraulica Derechos adquiridos Medio ambiente Autonomia municipal Regulacion.


¿Quién es el actor?

YSUR ENERGIA ARGENTINA S.R.L. e YPF S.A.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de General Fernández Oro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 571-CDM/17

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la ordenanza municipal interfiere con las competencias exclusivas de la provincia en materia de explotación de recursos hidrocarburíferos, contraviniendo los artículos 121 y 124 de la Constitución Nacional y normas provinciales. Se destacó que la normativa municipal colisiona con derechos adquiridos por las empresas en virtud de concesiones previas, lo que justifica la declaración de inconstitucionalidad.

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