B., F. D. c/ V., S. M. s/ alimentos voluntarios
Se reclamó la modificación de la cuota alimentaria fijada en un 16,2% de los ingresos del demandado a favor de la niña A.M.B. El tribunal decidió elevar dicha cuota a un 20%, considerando las necesidades del alimentado y la situación económica del alimentante.
¿Quién es el actor?
S. M. V. (progenitora conviviente)
¿A quién se demanda?
Franco Daniel Barrios (progenitor no conviviente)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Modificación de la cuota alimentaria
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR PARCIALMENTE
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó la capacidad económica del alimentante y las necesidades de la niña, considerando que "la obligación alimentaria es receptada a nivel supranacional a través de la Convención de los Derechos del Niño". Se concluyó que el porcentaje del 16,2% era insuficiente, por lo que se elevó a un 20% para garantizar una adecuada cobertura de las necesidades de A.M.B.
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