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Provincia de Salta c/ Aquatica S.A. s/ recurso de apelación

La Provincia de Salta apeló una sentencia que condenó a Aquática S.A. a pagar $3.200.000 por incumplimiento de un contrato de promoción turística. El tribunal modificó la tasa de interés aplicable, estableciendo que debe ser la fijada por la Dirección General de Rentas.

Recurso de apelacion Incumplimiento Contrato de promocion Tasa de interes Codigo fiscal Derechos fiscales Intereses moratorios Rescision contractual Provincia de salta Aquatica s.a.


¿Quién es el actor?

Provincia de Salta

¿A quién se demanda?

Aquática S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de $3.200.000 por incumplimiento de contrato

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que Aquática S.A. incumplió el contrato de promoción, lo que llevó a la rescisión del mismo y a la obligación de devolver el capital recibido. Se determinó que la tasa de interés debía ser la establecida por la Dirección General de Rentas, en lugar de la tasa pasiva del Banco Central, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal y el contrato.

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