CANELADA VICTOR s/ RECURSO DE APELACION
Se solicitó la prórroga del plazo para la realización del juicio en un caso de homicidio culposo. El tribunal declaró abstracta la cuestión planteada, considerando que el plazo ya había comenzado a correr.
¿Quién es el actor?
Juez del Juzgado de Garantías Cuarta Nominación.
¿A quién se demanda?
No aplica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prórroga del plazo para la realización del juicio.
¿Qué se resolvió?
Se declara abstracta la cuestión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que el plazo de dos años del art. 219 del C.P.P. comenzó a contarse desde el 29/04/2015, por lo que la solicitud de prórroga era prematura. Se destacó que la caducidad de la acción penal es una sanción grave y que el cumplimiento de los plazos es un deber de los órganos del proceso.
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