C., M. E. s/ DECLARACION DE INSANIA.
La Sra. Asesora de Incapaces Nº 6 solicitó aclaración sobre la omisión de sustituir el término incapaz por el nombre de la afectada en una sentencia. El tribunal decidió hacer lugar al pedido y ordenar la modificación correspondiente.
¿Quién es el actor?
Sra. Asesora de Incapaces Nº 6
¿A quién se demanda?
N/A
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Aclaración de sentencia
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal, al analizar el pedido de aclaración, constató una omisión en la sentencia anterior que justificaba la modificación solicitada. Se citó el artículo 166 inciso 1º del Código Procesal Civil y Comercial, que permite corregir errores materiales y aclarar conceptos oscuros, lo que fundamentó la decisión de sustituir "incapaz" por el nombre de la afectada, Sra. Margarita Eduviges Calderón.
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