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COOPERATIVA DE PROVISION DE COMER. DE FRUTAS Y HORTAL. DE ORAN, y otros s/ Recurso de apelación

Se apeló la declaración de incompetencia del juzgado en un caso de homologación de acuerdos de mediación extrajudicial. El tribunal confirmó la incompetencia, argumentando que el inmueble en cuestión es de propiedad del Estado Nacional y su expropiación está en trámite.

Competencia Mediacion Expropiacion Estado nacional Jurisdiccion Derechos Bienes Acuerdo Homologacion.


¿Quién es el actor?

Cooperativa de Provisión de Comida de Frutas y Hortalizas de Orán y otros.

¿A quién se demanda?

Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdos de mediación extrajudicial.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que la competencia es indisponible para las partes cuando se trata de bienes del Estado. Se destaca que la propiedad del inmueble está en proceso de expropiación, lo que implica que no puede ser homologado el convenio en esta jurisdicción, ya que involucra derechos sobre un bien del Estado que no ha intervenido en el acuerdo.

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