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Tupungato SACIFIA

Se reclamó el reconocimiento de un crédito como privilegiado en el marco de un proceso concursal. El tribunal decidió confirmar la resolución que desestimó dicho carácter y rechazó la inclusión del IVA en el proyecto de distribución final.

Quiebra Honorarios Credito privilegiado Iva Cosa juzgada Ley 24.522 Procedimiento concursal Apelacion Derechos profesionales.


¿Quién es el actor?

Dra. S. L. de C. J.

¿A quién se demanda?

Sindicatura de la quiebra de Tupungato S.A.C.I.F.I.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de honorarios profesionales como crédito privilegiado y solicitud de inclusión del IVA.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la decisión sobre el carácter del crédito ya era cosa juzgada, dado que había sido declarado quirografario en un recurso anterior. Además, se consideró que la solicitud de inclusión del IVA era extemporánea, ya que el cambio de categoría de la actora no fue denunciado en el momento adecuado.

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