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M., M.P. en representación de sus hijos A. Y F. C. c/ L.L. C., G.C. y G.P.de C. s/ alimentos

Se reclamó la fijación de una cuota alimentaria de ochocientos pesos a cargo de los abuelos de los menores. El tribunal confirmó la decisión de primera instancia, rechazando la apelación de los abuelos y declarando abstracta la de la madre.

Alimentos Cuota alimentaria Abuelos Medida cautelar Derecho de familia Obligacion alimentaria Apelacion Costas Representacion legal Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

M. P. en representación de sus hijos A. y F. C.

¿A quién se demanda?

G. C. y G. P. de C.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuota alimentaria provisoria.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA la apelación de los abuelos y se declara abstracta la de la madre.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que la cuota alimentaria provisional se establece para satisfacer necesidades urgentes y que los abuelos, al comprometerse a pagar, no pueden alegar que se trata de un aporte voluntario. Se destacó que la fijación de la cuota no prejuzga sobre la decisión definitiva y que los abuelos deben asumir las costas por ser los vencidos en el recurso.

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