O., C. J. - P., E. S. - F., L. N. R.
Se reclamó la calidad de un inmueble en el contexto de una declaratoria de herederos, donde se discutió si era propio o ganancial. El tribunal decidió que el bien era ganancial, dado que no existía una declaración judicial de separación o divorcio.
¿Quién es el actor?
F. J. C. (cesionario)
¿A quién se demanda?
M. del R. O. (opositora)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Calidad del inmueble (propio o ganancial)
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal determinó que, dado que no hubo declaración judicial de separación o divorcio entre los cónyuges, el régimen de ganancialidad se mantenía vigente. Se destacó que la separación de hecho no modifica automáticamente la naturaleza de los bienes adquiridos durante el matrimonio, y que la manifestación de la causante sobre su estado civil no es suficiente para calificar el bien como propio.
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