Incidente de competencia en autos NN:NN y otro s/ infracción Ley 24.769 s/ conflicto de competencia
Se reclamó la competencia para investigar un caso de posible evasión tributaria relacionado con fondos de una asociación civil. El tribunal decidió que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 8 es el competente para continuar con el caso.
¿Quién es el actor?
Asociación civil “Centro Comunitario Levántate y Anda”
¿A quién se demanda?
Juzgados Nacional en lo Penal Económico n° 10 y en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 8
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia en la investigación de evasión tributaria
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal concluyó que, al momento de la transferencia de competencias, no existía causa pendiente en los juzgados nacionales, por lo que corresponde a la justicia local intervenir. Se destacó que las nuevas hipótesis delictivas no suscitan la intervención de la justicia nacional, sino de la local, dado que las infracciones investigadas no eran de su incumbencia.
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