Incidente de competencia en autos NN, NN s/ presunta comisión delito (competencia) s/ conflicto de competencia
Se planteó un conflicto de competencia entre dos juzgados respecto a una causa de estafa vinculada a alquileres fraudulentos. El tribunal resolvió que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 44 es el competente para continuar con la causa.
¿Quién es el actor?
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 44
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 11
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia en una causa de estafa
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Ambos juzgados se declararon incompetentes, el primero argumentando que los hechos encuadran en el delito de estafa por manipulación informática, mientras que el segundo consideró que los perjuicios fueron resultado de un error inducido. El tribunal, siguiendo el criterio de la Corte Suprema en el caso "Bazán", determinó que corresponde al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 44 continuar con la causa.
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