Incidente de incompetencia en autos NN, NN sobre 183 2° párrafo - daños informáticos
Se reclamó la competencia para investigar un caso de daño informático y extorsión. El tribunal decidió que corresponde al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 11.
¿Quién es el actor?
Fiscalía local
¿A quién se demanda?
NN
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Competencia en causa de daños informáticos y extorsión
¿Qué se resolvió?
SE DECLARA LA COMPETENCIA DEL JUZGADO NACIONAL
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que los hechos encuadran en el delito de extorsión, que es de competencia nacional, y que la conducta delictual buscaba una disposición patrimonial mediante intimidación. Se citó el precedente "Bazán" de la Corte Suprema, que establece que la extorsión no ha sido transferida a la órbita de la Ciudad.
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