Incidente de incompetencia en autos C., l. e. sobre 71 ter - hostigamiento digital
Se reclamó la competencia para investigar un caso de hostigamiento digital y amenazas. El tribunal decidió que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 8 es el competente para continuar con la causa.
¿Quién es el actor?
L.E.C.
¿A quién se demanda?
Expresado en la denuncia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Hostigamiento digital y amenazas.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que los hechos denunciados se encuadran en amenazas simples y hostigamiento digital, lo que justifica la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 8. Se destacó que "las amenazas dirigidas a la víctima sólo habrían sido empleadas con el propósito de ‘alarmar y amedrentar’".
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