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Incidente de competencia en autos Gamal, Salomón s/ Infr. art. 189 bis, apartado 2, 2° párr., CP s/ conflicto de competencia I

Se planteó un conflicto de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional y el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas respecto a una denuncia por tenencia ilegítima de arma de guerra. El tribunal resolvió declarar competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de

Competencia Tenencia ilegitima Arma de guerra Justicia federal Justicia local


¿Quién es el actor?

DAIA (Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas)

¿A quién se demanda?

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 36

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Conflicto de competencia en causa por tenencia ilegítima de arma de guerra

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal determinó que, conforme a la cláusula transitoria de la ley nº 26.702, la competencia para investigar el delito había sido transferida a la justicia de la Ciudad antes de que el Juzgado Nacional asumiera el caso. Se destacó que la intervención del Juzgado Nacional ocurrió después de la transferencia de competencia, lo que lo hacía incompetente para juzgar el hecho.

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