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Incidente de incompetencia en autos Petrucci, Matías Nicolás s/ s/ 292 1° párr -falsificación de documento público y privado s/ conflicto de competencia I

Se planteó un conflicto de competencia entre el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 9 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 9, respecto a la falsificación de un documento privado. El tribunal decidió que corresponde la intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal

Conflicto de competencia Falsificacion Documento privado Jurisdiccion Ley nacional Ley de la ciudad Tribunal superior de justicia Buena fe federal Lealtad federal Competencia penal.


¿Quién es el actor?

Matías Nicolás Petrucci

¿A quién se demanda?

Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 9 y Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 9

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Conflicto de competencia en relación a la falsificación de un documento privado

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal determinó que el documento en cuestión es un instrumento privado y que la competencia para su juzgamiento corresponde al Juzgado Nacional, conforme a la ley nacional n° 26.702 y la ley de la Ciudad n° 5935, que limitan la jurisdicción de la Ciudad a documentos emitidos por sus dependencias. La jueza Ruiz citó el precedente "Bazán" para fundamentar que el Tribunal Superior de Justicia debe resolver conflictos entre magistrados con competencia no federal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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