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N.N. s/ Infracción art. 183 del Código Penal

Se solicitó un allanamiento en un predio usurpado en la Villa 20 para secuestrar armas y elementos peligrosos. El tribunal decidió hacer lugar a la medida, considerando la protección de los denunciantes y la gravedad de la situación.

Allanamiento Armas Seguridad Vulnerabilidad Derechos humanos Codigo procesal penal Proteccion Riesgo Usurpacion Medidas cautelares.


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

NN

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Allanamiento para secuestrar armas y elementos peligrosos

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal fundamentó su decisión en la necesidad de proteger a los denunciantes, quienes se encuentran en una situación de vulnerabilidad ante la presencia de armas. Se destacó que el allanamiento es una medida excepcional que debe ser justificada, y en este caso, se consideró que existían suficientes indicios de riesgo para la integridad de las personas involucradas.

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