N.N. s/ Infracción art. 183 del Código Penal
El tribunal se pronunció sobre la declinatoria de competencia en un caso penal, resolviendo que no corresponde aceptar la competencia atribuida al Juzgado Penal Contravencional y de Faltas. Se devolvieron las actuaciones al juzgado original para su tratamiento.
¿Quién es el actor?
Juzgado Penal Contravencional y de Faltas nro. 17
¿A quién se demanda?
No aplica
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declinar competencia en un caso penal
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que el plazo para aceptar la competencia había vencido, debiendo computarse en horas corridas. Además, se sostuvo que no existía conexión jurídica suficiente entre los hechos investigados y la causa mencionada, lo que violaría el derecho al juez natural.
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