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D., P. D. s/ Medida Cautelar

Se reclamó una medida cautelar innovativa para que el Estado Provincial cumpla con la Ley XIX-8 respecto a la re liquidación de haberes de la Policía del Chubut. El tribunal decidió declararse incompetente para entender en la causa, remitiéndola a un juez de primera instancia.

Medida cautelar Incompetencia Amparo Re liquidacion Haberes Derechos laborales Jurisdiccion Procedimiento administrativo Ley xix-8 Ley v n? 84


¿Quién es el actor?

P. D. D.

¿A quién se demanda?

Estado Provincial
- Ministerio de Gobierno y Policía del Chubut

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar innovativa para la re liquidación de haberes

¿Qué se resolvió?

SE DECLARA LA INCOMPETENCIA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la acción de amparo mandamus elegida por el actor no era adecuada para su pretensión, ya que la Ley V N° 84 otorga competencia a los jueces de primera instancia. Además, se destacó que corresponde a las partes encuadrar sus pretensiones en los cauces procesales que consideren pertinentes, sin que el tribunal modifique oficiosamente la vía elegida.

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