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M., D.A. Provincia del Chubut s/Daños y Perjuicios

El demandado apeló la decisión que rechazó la citación del Estado Nacional como tercero en un juicio por daños y perjuicios. El tribunal confirmó la resolución, considerando que no existía relación jurídica que justificara dicha citación.

Apelacion Citacion de terceros Danos y perjuicios Responsabilidad Estado nacional Registro civil Interes juridico Competencia Costas Honorarios.


¿Quién es el actor?

D. A. M.

¿A quién se demanda?

Provincia del Chubut

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Citación de terceros (Estado Nacional) en un juicio por daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la intervención de un tercero solo es procedente si existe un interés jurídico que justifique su participación, lo cual no se daba en este caso. Se destacó que la responsabilidad por el error en el estado civil recaía en la provincia, y no había vínculo que permitiera la acción de regreso contra el Estado Nacional.

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