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Ramírez, Iván Ramón Exequiel c/ Poloni, Carlos Horacio s/ usucapión

Se reclamó la competencia del Juzgado de Gualeguay en un proceso de usucapión. El tribunal decidió admitir el recurso de apelación y declarar competente al Juez de Gualeguay.

Usucapion Competencia Accion real Fuero de atraccion Derechos reales Juicio sucesorio Patrimonio Ley de concursos Jurisdiccion Inmueble.


¿Quién es el actor?

Iván Ramón Exequiel Ramírez

¿A quién se demanda?

Carlos Horacio Poloni

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Usucapión de un bien inmueble

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la competencia debe regirse por el lugar de ubicación del inmueble, citando que "la competencia para entender en la acción ejercida en autos se encuentra regida por el art. 5 del CPCC". Además, se destacó que el juicio de usucapión no está alcanzado por el fuero de atracción del juicio sucesorio, ya que se trata de "acciones reales, per se no son al menos en forma directa acciones patrimoniales".

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